DSpace logo

Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://dspace.uazuay.edu.ec/handle/datos/13827
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorRecalde Poma, Paulina Lissette-
dc.contributor.authorJiménez Arias, Danny Fernando-
dc.date.accessioned2023-11-15T18:24:51Z-
dc.date.available2023-11-15T18:24:51Z-
dc.date.issued2023-
dc.identifier.urihttp://dspace.uazuay.edu.ec/handle/datos/13827-
dc.description.abstractEl presente estudio cualitativo aborda dos puntos clave: la nulidad de instrumento público y la nulidad de contrato, fundamentales en el Derecho Civil. En ocasiones, su coordinación es esencial para los efectos legales de ciertos negocios. Cuando surge oposición a dichos efectos, es crucial distinguir con precisión el efecto en disputa y determinar si proviene del acuerdo de voluntades sobre las obligaciones contractuales o si se refiere a la formalidad y cómo se elevó el contrato a instrumento público. Esta distinción adecuada nos ayuda a identificar las causas que respaldan la nulidad de contrato o instrumento público para determinar cuál de ellas resolverá nuestro cometido, diferenciando finalmente, al contrato como el contenido y a la escritura pública como el continente.es
dc.language.isospaes
dc.publisherUniversidad del Azuayes
dc.rightsopenAccesses
dc.subjectCÓDIGO CIVILes
dc.subjectCONTRATOes
dc.subjectLEY NOTARIALes
dc.subjectESCRITURA PÚBLICAes
dc.subjectNULIDADESes
dc.titleLa diferencia entre nulidad de escritura pública y nulidad de contrato a partir de la vigencia de la ley notarial en el Ecuadores
dc.typebachelorThesises
dc.description.degreeAbogado de los Tribunales de Justicia de la Republicaes
dc.pagination.pages42es
Aparece en las colecciones: Facultad de Ciencias Jurídicas

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
19350.pdfTrabajo de Graduación872,97 kBAdobe PDFVista previa
Visualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.