DSpace logo

Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: http://dspace.uazuay.edu.ec/handle/datos/9360
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorSacasari Aucapiña, Cesar Geovanni-
dc.contributor.authorMuñoz Tufiño, Pilar Alexandra-
dc.date.accessioned2019-08-29T22:57:39Z-
dc.date.available2019-08-29T22:57:39Z-
dc.date.issued2019-
dc.identifier.urihttp://dspace.uazuay.edu.ec/handle/datos/9360-
dc.description.abstractEl presente trabajo de investigación pretende analizar y contribuye al debate existente sobre si la Justicia Constitucional, a través de sus resoluciones, puede dejar sin efecto un contrato civil-mercantil, considerando que un contrato legalmente celebrado tiene fuerza de “Ley para las partes”, por tanto, únicamente podría quedar sin efecto por mutuo acuerdo de los contratantes o por causas legales de conformidad a lo establecido por el Código Civil ecuatoriano en su artículo 1561. Para corroborar lo manifestado se analiza la Garantía Jurisdiccional denominada “Acción de Protección” propuesta por el abogado Abdalá Bucaram Pulley en contra de la Federación Ecuatoriana de Futbol, la misma que buscaba dejar sin efecto el contrato celebrado con la empresa GOL TV para transmitir el campeonato ecuatoriano de futbol.es
dc.language.isospaes
dc.publisherUniversidad del Azuayes
dc.rightsopenAccesses
dc.subjectCONTRATOes
dc.subjectLEYes
dc.subjectCONSTITUCIÓNes
dc.subjectACCIÓN DE PROTECCIÓNes
dc.subjectFEDERACIÓN ECUATORIANA DE FUTBOLes
dc.titleLa relatividad o no del principio contractual ley para las partes frente a las resoluciones constitucionaleses
dc.typebachelorThesises
dc.description.degreeAbogado de los Tribunales de Justicia de la Repúblicaes
dc.pagination.pages116 p.es
Aparece en las colecciones: Facultad de Ciencias Jurídicas

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
15002.pdfTrabajo de Graduación733,57 kBAdobe PDFVista previa
Visualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.