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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.advisorSalazar Icaza, Juan Carlos-
dc.contributor.authorCastillo Astudillo, Paúl Damián-
dc.date.accessioned2023-06-28T19:39:14Z-
dc.date.available2023-06-28T19:39:14Z-
dc.date.issued2023-
dc.identifier.urihttp://dspace.uazuay.edu.ec/handle/datos/13188-
dc.description.abstractEn el Artículo 168 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP) ha dispuesto, desde 2015, la denominada Prueba para Mejor Resolver. Mediante su aplicación, la legislación ecuatoriana dispone que el juzgador puede, de manera excepcional, “ordenar de oficio y dejando expresa constancia de las razones de su decisión, la práctica de la prueba que juzgue necesaria para el esclarecimiento de los hechos controvertidos” (COGEP, 2018, p.43). Sin embargo, su puesta en práctica ha generado no pocas controversias debido a que podría lesionar algunos principios consagrados tanto en la Constitución del Ecuador como en el Código Civil de la República.es
dc.language.isospaes
dc.publisherUniversidad del Azuayes
dc.rightsopenAccesses
dc.subjectPRINCIPIO DE IMPARCIALIDADes
dc.subjectPRINCIPIO DISPOSITIVOes
dc.subjectTUTELA JUDICIAL EFECTIVAes
dc.titleEl principio de la imparcialidad judicial: tensiones en torno a la prueba para mejor resolver en la legislación ecuatorianaes
dc.typemasterThesises
dc.description.degreeMagíster en Derecho Procesales
dc.pagination.pages27 p.es
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